viernes, 27 de mayo de 2022
El control y vigilancia de la salud de los trabajadores constituye sin duda, un elemento de protección previo a la aparición, o concreción, de una consecuencia dañosa para los/as trabajadores/as en el desarrollo de cualquier actividad laboral. Es decir, que la aplicación de los actuales protocolos médicos, suponen la superación de los reconocimientos médicos que hace unos años eran en su mayoría generalistas, estereotipados e ineficaces por tanto, para un adecuado control de la indemnidad de la salud del trabajador durante el normal desarrollo de su actividad laboral en cualquier organización. Es conveniente en primer término delimitar el concepto de control y vigilancia de la salud, conociendo las distintas modalidades y momentos en los que dicha actividad se manifiesta, por medio de los reconocimientos médicos previos, iniciales y periódicos. Dentro de este aspecto deberemos concretar en segundo término, en qué queda reducida el principio de voluntariedad imperante dentro de nuestro sistema y las relaciones existentes con la normativa de la seguridad social, art 196 de la LGS. Para concluir, también sería oportuno ponderar las consecuencias en cuanto a las responsabilidades dimanantes de la falta efectiva de controles médicos efectivos a los trabajadores.
Técnicos en Prevención
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